Bases de la convocatoria
Programas de Becas UNIR
Bases de la convocatoria para el Programa de Becas en Competencias Digitales UNIR – entidad gestora y la entidad colaboradora (centro de prácticas)
Válidas desde el 05-03-2026
OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE BECAS.
El programa de becas en competencias digitales UNIR – LA ENTIDAD GESTORA y LA ENTIDAD COLABORADORA o centro de prácticas (en adelante, el “Programa de Becas”) persigue los siguientes objetivos:
Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su aprendizaje teórico y práctico
Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos
Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas
Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura
Favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento
En definitiva, la finalidad del Programa de Becas es contribuir a la formación integral de las Personas Beneficiarias y complementar el aprendizaje teórico y práctico, así como proporcionarles una formación que mejore sus destrezas profesionales que no resulta posible desarrollar en las aulas, preparar su incorporación futura a un empleo y, en definitiva, mejorar su empleabilidad.
Estos objetivos se alcanzan mediante la concesión de becas para que las Personas Beneficiarias (en adelante, las “Personas Beneficiarias”) estudien un título universitario que les permita adquirir las competencias más demandas en las empresas, al tiempo que desarrollan dichas competencias mediante prácticas académicas externas en las empresas adheridas el Programa de Becas.
BENEFICIOS DEL PROGRAMA DE BECAS.
Las Personas Beneficiarias del Programa de Becas tendrán derecho a obtener los siguientes beneficios:
A una beca del 100% sobre el importe de la matrícula en un programa de formación permanente (título universitario propio) impartido por UNIR.
A disfrutar de un periodo de formación práctica y tutela del mismo en cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas al Programa, de conformidad con el plan formativo.
A ser incluido o incluida en el régimen general de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. La ENTIDAD GESTORA y cofinanciadora del Programa de Becas, será la entidad responsable de dar de alta a las Personas Beneficiarias en el régimen general de la Seguridad Social, conforme al artículo 5.1 del Real Decreto 1493/2011.
A percibir una ayuda al estudio, sobre la que se practicarán las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso de acuerdo con la normativa aplicable. La ENTIDAD GESTORA y cofinanciadora del Programa de Becas, será la entidad responsable de abonar la ayuda al estudio a las Personas Beneficiarias y de practicar las retenciones y deducciones correspondientes.
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PROGRAMAS DE FORMACIÓN PERMANENTE
Las titulaciones académicas que se pueden cursar en el marco del Programa de Becas son las siguientes:
Bootcamp de Tecnología Aplicada e Inteligencia de Negocio (en adelante, “TAIN”).
Bootcamp de Tecnología Aplicada a las Organizaciones del Futuro (en adelante, “TAOF”).
Bootcamp de Tecnología Aplicada al Desarrollo de Negocio (en adelante, “TADE”).
Los Bootcamps de TAIN, TAOF y TADE proporcionarán a los Beneficiarios del Programa:
Competencias en project management, comunicación efectiva, soft skills, metodologías ágiles e inteligencia artificial y de negocio.
Una especialización en función de la optativa que escoja, que podrá estar enfocada o bien en el mundo del marketing y el análisis de datos (Publicidad Digital o Data) o en el tecnológico (DevOps, Desarrollo Front, Desarrollo Back, Inteligencia Artificial o Ciberseguridad).
REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS O CANDIDATAS AL PROGRAMA DE BECAS.
Este programa está dirigido a estudiantes mayores de 18 años, cursando o con titulación en grado medio o superior, tanto de la rama de formación profesional como de la rama universitaria.
En ausencia de titulación, solo se considerarán colectivos con una experiencia profesional demostrada superior a dos años.
Se valorarán los conocimientos técnicos en el área de conocimiento al que pertenecen los estudios (Marketing y Análisis de Datos y/o tecnológico).
Con carácter general, no podrán ser candidatos o candidatas al Programa de Becas personas que ya hayan hecho previamente un periodo de prácticas académicas externas en cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas al Programa en programas formativos de similares características a los que son objeto de este Convenio.
Los candidatos al Programa de Becas deberán residir en España y, en caso de ser extranjeros, ser titulares de un permiso de residencia compatible con la realización de prácticas académicas externas.
INCOMPATIBILIDADES
La condición de persona beneficiaria del Programa de Becas será incompatible con:
La realización de cualquier actividad remunerada ya sea por cuenta propia o ajena.
El cobro de prestaciones por desempleo.
La aceptación de otra beca de similares características.
En caso de que la situación de incompatibilidad tenga lugar una vez concedida la beca, la Persona Beneficiaria deberá informar de esta situación de manera inmediata y será causa de extinción anticipada de la beca.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las candidaturas al Programa de Becas se presentarán mediante la cumplimentación del correspondiente formulario.
Situación jurídica de los beneficiarios.
Las Personas Beneficiarias del Programa de Becas ostentarán la condición de estudiantes de UNIR. Durante su período de formación, las Personas Beneficiarias del Programa de Becas quedarán sujetas a lo previsto en esta convocatoria del Programa de Becas (en adelante, las “Bases de la convocatoria”), sin que ello comporte la existencia de relación laboral alguna ni con UNIR, ni con la ENTIDAD GESTORA o cofinaciadora del Programa de Becas. La asimilación de las Personas Beneficiarias a las personas trabajadoras por cuenta ajena, prevista en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, solo se contempla a los aludidos efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, con los límites y condiciones que marca dicha norma, sin que de ninguna manera pueda considerarse a ningún efecto su relación, que es de formación, como laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.3 el Real Decreto 592/2014, por el que se regulan las prácticas externas de los estudiantes universitarios.
Las becas serán concedidas en exclusivo interés de las propias Personas Beneficiarias del Programa de Becas, teniendo la naturaleza de ayudas a su formación, y no de remuneración o salario. Por ello, la labor formativa desarrollada a favor del estudiante en prácticas en cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas al Programa no comportará la existencia en ningún caso de un vínculo laboral entre ambos, de acuerdo también con lo establecido en el mencionado artículo 2.3 del Real Decreto 592/2014. Tampoco existirá dicho vínculo entre el estudiante en prácticas y la ENTIDAD COLABORADORA adherida al Programa de Becas en la que desarrolle sus prácticas académicas externas. Durante su período de formación estas personas quedarán sujetas a las normas que resultan de aplicación a los estudiantes de UNIR, sin perjuicio del deber de atender las orientaciones que les formulen los tutores o tutoras de las entidades colaboradoras que les sean asignados o asignadas en el ejercicio de su acción formativa.
EVALUACIÓN DE CANDIDATURAS Y CONCESIÓN DE BENEFICIOS
Los candidatos interesados en acceder a uno de los programas de formación permanente de UNIR y que deseen beneficiarse del Programa de Becas gestionadas con las ENTIDADES COLABORADORAS estarán sujetos a un proceso de evaluación dirigido por expertos, quienes emplearán criterios objetivos de selección, valorando los méritos académicos de los candidatos, sin perjuicio de otro tipo de valoraciones, garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.
Igualmente, el Programa de Becas garantiza la participación de personas con algún tipo de discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que reúnan los requisitos establecidos y exista compatibilidad con la formación práctica a desarrollar.
Los expertos en la evaluación de las candidaturas serán responsables de las acciones siguientes:
Verificar que los candidatos cumplen los requisitos de acceso al programa que vayan a cursar.
Verificar que los candidatos al Programa de Becas no hayan hecho previamente un periodo de prácticas académicas externas en cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas al Programa en programas formativos de similares características.
Verificar que los candidatos al Programa de Becas tienen su residencia efectiva en España y, en caso de ser extranjeros, que cuentan con un permiso de residencia compatible con la realización de prácticas académicas externas.
Proceso de evaluación y concesión de los beneficios beca al Programa
El proceso de evaluación comprenderá las siguientes fases:
Cumplimiento de los requisitos de la convocatoria: serán excluidas aquellas candidaturas que no reúnan los requisitos señalados en estas bases de la convocatoria, y/o aquellas cuyo formulario de solicitud no contenga todos los datos requeridos o hubiera sido cumplimentado de forma errónea o no ajustada a la realidad, o fuera de plazo.
Evaluación de la candidatura: según se vayan convocando becas para cada categoría resultante, la ENTIDAD COLABORADORA valorará cada candidatura en función de los requisitos específicos marcados en la misma.
Entrevista personal: En su caso, los expertos podrán entrevistar a aquellos candidatos declarados aptos en la fase anterior. Para ello, serán contactados a fin de evaluar su nivel de adecuación y aptitud para la consecución de los objetivos del Programa, declarándolos como seleccionados o no seleccionados. Las candidaturas no seleccionadas para una categoría de beca convocada podrán permanecer en el proceso de evaluación a la espera de una nueva convocatoria de beca o, por el contrario, ser excluidas del Programa.
A la vista de los resultados obtenidos en las distintas fases del proceso de evaluación, la ENTIDAD COLABORADORA podrá proponer a UNIR un listado de los candidatos más adecuados en relación a los requerimientos concretos de las áreas donde vayan a desarrollar las becas.
UNIR solicitará a las personas seleccionadas la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos aportados en la solicitud. La falta de aportación de dicha documentación en el plazo que se les confiera permitirá a UNIR considerar como no acreditado el dato de que se trate, sin ulterior recurso y serán excluidos del proceso.
UNIR concederá las becas a los estudiantes seleccionados y comunicará por escrito a las personas interesadas la adjudicación de las mismas con el objetivo de poder realizar su matriculación en el programa.
OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DEL PROGRAMA DE BECAS
Las Personas Beneficiarias del Programa de Becas tendrán, entre otras, las siguientes obligaciones:
Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la beca, con la documentación pertinente.
Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
Informar de cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca.
Cursar el título formativo becado con aprovechamiento y dedicación plena accediendo al campus virtual y entregando en plazo las actividades y el resto de trabajo requeridos por la universidad.
Cumplimentar en tiempo y forma las memorias e informes relativos al desarrollo de las prácticas académicas externas.
Proporcionar una dirección de correo electrónico personal y número de teléfono, que serán utilizados como direcciones de contacto y notificar cualquier cambio en dichos datos de contacto.
Contestar a las llamadas y/o correos electrónicos que realizará UNIR para hacer seguimiento de la evolución de la Persona Beneficiaria en el desarrollo tanto de las actividades académicas como de las prácticas. Las notificaciones efectuadas a la dirección de correo electrónico facilitada por la Persona Beneficiaria serán válidas en el momento en que sea leídas o bien en el plazo de 48 horas siguientes a su envío, lo que ocurra primero, produciendo plenos efectos.
Mostrar durante todo el período de la beca la actitud y el interés necesarios para cumplir diligentemente y con aprovechamiento la formación práctica que conlleva el desarrollo de prácticas académicas externas.
Atender las orientaciones que reciban del tutor empresarial que le sea asignado en la entidad donde desarrollen sus prácticas académicas externas.
Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados, ya sea por UNIR, o la ENTIDAD GESTORA y cofinanciadora del Programa de Becas, o la ENTIDAD COLABORADORA adherida al Programa de Becas donde esté desarrollando sus prácticas académicas externas, con motivo del seguimiento de la convocatoria.
De la puesta a disposición de las personas becarias de los medios e instrumentos necesarios por parte de la entidad colaboradora para el debido aprovechamiento de su periodo de formación práctica, en la medida en que alguno de los resultados de la misma fueran susceptibles de protección legal por derechos de propiedad industrial e intelectual, podría resultar que éstos fueran de titularidad única y exclusiva, en toda su extensión territorial y temporal, de las ENTIDADES COLABORADORAS adheridas al Programa de Becas donde se desarrollen las prácticas y sin perjuicio de los derechos morales que la legislación vigente reconoce al autor.
No divulgar ninguna información de carácter confidencial o reservado a la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a UNIR, o la ENTIDAD GESTORA y cofinanciadora del Programa de Becas, o a la ENTIDAD COLABORADORA. Dicha obligación se mantendrá una vez finalizado dicho periodo. El incumplimiento del presente compromiso dará lugar a las responsabilidades correspondientes.
Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la ENTIDAD COLABORADORA adherida al Programa de Becas en la que desarrolle sus prácticas académicas externas, salvaguardando también el buen nombre del centro formativo al que pertenece y de la ENTIDAD GESTORA del Programa de Becas.
Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales de la ENTIDAD COLABORADORA, que adoptará las medidas preventivas precisas de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y normativa de desarrollo.
Cumplir las obligaciones que se detallan en el anexo de aceptación de prácticas.
Cualquier otro deber previsto en el Real Decreto 592/2014 y la normativa vigente.
COMPLIANCE
Los estudiantes que realicen prácticas externas tendrán la protección que se prevé en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
CONFIDENCIALIDAD
Las Personas Beneficiarias del Programa de Becas se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad sobre toda la información a la que tengan acceso durante su participación en el Programa, ya sea de carácter técnico, comercial, organizativo o de cualquier otra índole, perteneciente a UNIR, ENTIDAD GESTORA y la ENTIDAD COLABORADORA.
Asimismo, las Personas Beneficiarias se comprometen a no utilizar dicha información para fines distintos a los estrictamente relacionados con el desarrollo de su formación académica y práctica en el marco del Programa de Becas.
PROTECIÓN DE DATOS
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos (RGPD), y de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), se informa a los candidatos y candidatas al Programa de Becas que la UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA (UNIR), ENTIDAD GESTORA y la ENTIDAD COLABORADORA, en calidad de corresponsables del tratamiento; gestionarán la participación en el Programa de Becas, incluyendo la evaluación de candidaturas, la concesión de becas, la realización de prácticas académicas externas y el seguimiento académico y formativo.
Los datos podrán ser comunicados a las ENTIDADES COLABORADORAS adheridas al Programa de Becas, exclusivamente para los fines relacionados con la formación práctica. No se prevén transferencias internacionales de datos.
En cualquier caso, podrán ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, adjuntando copia de su DNI o documento análogo, así como solicitar información adicional en materia de protección de datos, en las direcciones establecidas en el encabezado del presente documento.